Cada mes, además del IVA, una PyME en régimen general adelanta una parte de su IR anual. Ese adelanto es el anticipo — y entenderlo evita el susto de "¿por qué pago IR si aún no cierro el año?".
Es un pago mensual a cuenta del IR anual, calculado sobre los ingresos brutos del mes. No es un impuesto aparte: es el mismo IR anual pagado en cuotas adelantadas.
La ley establece un piso de tributación sobre los ingresos brutos del año: aunque tu utilidad sea baja o nula, hay un mínimo que se compara contra el IR calculado sobre la utilidad, y se paga el mayor de los dos.
Las tasas del anticipo y del pago mínimo dependen de tu clasificación como contribuyente y han cambiado con las reformas fiscales. No uses cifras de memoria: confirmá la tasa que te aplica con tu contador o en la DGI.
En la declaración anual del IR se hace la cuenta completa:
Como el anticipo se calcula sobre ingresos brutos, subdeclarar ingresos un mes no "ahorra": descuadra tu anual y te expone a reparos. Y sobredeclarar te hace adelantar de más. La base de todo es un registro contable ordenado.
Nortex acumula tus ingresos facturados del período, listos para calcular el anticipo con tu contador, y guarda el historial completo para la declaración anual.